El 1 de agosto del 2022 a través del boletín 21, la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) difundió información sobre la futura implementación del Documento de Valor y Comercialización (DVC). Este contendrá la información de las mercancías relativas a su valor y demás datos relacionados con su comercialización, en términos del artículo 59-A de la Ley Aduanera.
La incorporación del DVC tiene como objetivo sustituir al Comprobante de Valor Electrónico (COVE). De esta manera, se busca mejorar la infraestructura, modernización y automatización integral de los procesos para importación y exportación de mercancías. Asimismo, se busca así incorporar el uso de nuevas tecnologías como el esquema de autorización JSON, según las prácticas internacionales en la actualidad.
Lineamientos para la transmisión electrónica del DVC
Dentro de este boletín se dictaminaron los lineamientos para la transmisión electrónica del Documento de Valor y Comercialización, entre los cuales destacan:
- Los perfiles autorizados para capturar o transmitir información al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) mediante el DVC son exclusivamente el agente aduanal, apoderado aduanal, mandatario, agencia aduanal, importador y exportador.
- El representante legal del despacho efectuará la transmisión de los datos del “Documento de Valor y Comercialización” al SAE antes de realizar la validación de la declaración aduanera.
- El usuario externo deberá registrarse con el tipo de usuario permitido en el sistema “Registro de usuarios externos” de la ANAM, cumpliendo con los requisitos establecidos.
- La transmisión de la información contenida en el DVC se efectuará directamente en el portal de la ANAM o a través del Web Service.
Campos contenidos en el DVC
Los campos contenidos en el DVC tendrán más especificidad que los requeridos en el Acuse de Valor. Se conservarán los siguientes:
- Tipo de operación
- Fecha de expedición (DD/MM/AAAA)
- Tipo de figura
- Correo electrónico
- Número de la factura
- Relación de facturas
- Certificado de origen
- Número de exportador autorizado
- Subdivisión
- Identificador y tipo de identificador
- Datos de persona y del domicilio
- Datos de las mercancías
- Descripción
- Clave de la unidad de mercancía comercial
- Tipo de moneda
- Cantidad de unidades de medida de comercialización
- Valor unitario, valor total y valor total en dólares
- Marca, modelo, submodelo y número de serie
Mientras que se agregarán los siguientes:
- Folio (adenda)
- Username
- Patente
- RFC de importador y exportador
- Descuentos y otros gastos
- Observaciones
- Identificador persona
¿Cuándo se hará completamente obligatorio su uso?
Aunque no hay aún una fecha definida para la utilización definitiva de este procedimiento, se puede probar un demo en la página oficial de la ANAM para familiarizarse con el DVC e identificar algunos posibles fallos en la plataforma. Incluso, hay un manual para conocer paso a paso el llenado del documento.
En Movers siempre buscamos que los procedimientos para exportación e importación de mercancía se hagan en tiempo y forma. Nos apegamos estrictamente a lo que dictamine la ley, así como a los nuevos decretos y modificaciones para garantizar que las tarifas de importación se calculen y paguen correctamente. De esta forma, los productos de nuestros clientes siempre pasan por la aduana de forma exitosa. Conoce todo lo que te podemos ofrecer aquí.
Referencias:
- ANAM | Lineamientos para la transmisión electrónica del Documento de Valor y Comercialización (2022, agosto) Recuperado el 22 de agosto de 2022, de:
- TCL Asociados | Implementación del documento de valor y comercialización (2022, agosto) Recuperado el 22 de agosto de 2022, de:
- Aduana News | México presentó lineamientos para la transmisión electrónica del documento de valor y comercialización (2021, 10 de agosto) Recuperado el 22 de agosto de 2022, de: https://aduananews.com/mexico-presento-lineamientos-para-la-transmision-electronica-del-documento-de-valor-y-comercializacion/